Estrasburgo rechaza la demanda por un crimen del franquismo por estar fuera de plazo

Luis Dorado Luque, diputado socialista fusilado y enterrado en una fosa común, 'choca' en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos
Estrasburgo rechaza la demanda por un crimen del franquismo por estar fuera de plazo
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha rechazado la demanda presentada por los familiares del que fuera diputado socialista Luis Dorado Luque, fusilado y enterrado en una fosa común en el Cementerio de la Salud de Córdoba durante la Guerra Civil, en el que supone el primer pronunciamiento de Estrasburgo en relación a las víctimas del franquismo.

Dorado Luque desapareció tras ser detenido por las fuerzas armadas el 18 de julio de 1936.

El tribunal de Estrasburgo señala que los hechos ocurrieron ocurrieron mucho tiempo antes de la adopción de la Convención Europea de Derechos Humanos el 4 de noviembre de 1950 y su ratificación por España el 4 de octubre de 1979. De ahí que no se pueda establecer una “verdadera conexión entre la muerte de un familiar de los solicitantes (1936) y la entrada en vigor de la Convención en relación con España (1979)”.

En su resolución, el tribunal viene a regañar a los familiares del dirigente socialista desaparecido por no presentar la demanda a tiempo:

“Si bien la Corte es consciente de las dificultades de los demandantes a presentar sus quejas ante los tribunales nacionales, incluso después del final del régimen de Franco, teniendo en cuenta la Ley de Amnistía de 1977″, dice el TEDH, esta no es circunstancia para eximirles de mostrar “la debida diligencia y para llevar su caso ante la Corte sin demora indebida. (…) Por lo tanto, debe concluirse que los demandantes no actuaron con la diligencia necesaria para cumplir con los requisitos derivados de la Convención y la jurisprudencia de la Corte relativa a las desapariciones”.

Finalmente, el TEDH recuerda los pronunciamientos anteriores sobre la desaparición del diputado Luis Dorado Luque por parte de los juzgados de Córdoba, que fallaron en contra de los demandantes, y la Audiencia Nacional, que en 2008 alegó falta de jurisdicción al tratarse de un delito de rebelión militar.

El Plural

¿Hasta cuando la impunidad de los crímenes del franquismo?

Esta es la primera pregunta que se me viene a la mente a la lectura de las noticias sobre la decisión del Tribunal Supremo de rechazar enjuiciar a los criminales franquistas. Me vienen muchas preguntas que irán saliendo a lo largo del comentario. Preguntas cansadas de no obtener una respuesta con tiempos concretos. Nunca es el momento de abordar lo que no prescribe. Por más que diga el Supremo que han prescrito determinados crímenes. ¿Prescriben los crímenes contra la humanidad? ¿Se opone el Supremo a la legislación internacional sobre la cuestión? ¿Se obstaculiza la apertura de las fosas porque sin cuerpo del delito no hay delito? Nunca prescriben estos crímenes y aunque se queden los descendientes directos sin resarción moral de los criímenes, lo mantendrán en su memoria los siguientes descendientes, y tarde o temprano tendrán que dar cuentas los criminales aun después de muertos y aquellos que han obstruido la justicia durante tantos años también. La justicia es o no es. Sin ser lego en la materia parece de lógica. Aunque un conocido abogado mío siempre me "lía" jurídicamente con estas cosas la justicia que no se atiene a la lógica no es justicia. Es otra cosa pero justicia no.

Se deriva la apertura de las Fosas Comunes a los Juzgados Locales. Se le "evita" a la Audiencia Nacional "ese trago" y de paso se evita enjuiciar a los criminales ¿De qué sirve que se reconozca como "legitima" (faltaría más que además dijeran que no es legítima) si acto seguido consideran prescritos los crímenes del franquismo? Ya hacía una pregunta al principio sobre los crímenes contra la humanidad y la legislación internacional al respecto. ¿Cómo se puede decir sin rubor que la Ley de Amnistía forma parte-así de sencillo- de nuestro ordenamiento jurídico? Una norma preconstitucional forma parte de nuestro ordenamiento jurídico ¡aberrante! Las ordenanzas del franquismo estuvieron conviviendo un tiempo con las normas constitucionales y nadie tuvo la osadía (menos aun quienes se encargan de "administrar justicia") de decir que aquellas formaban parte de nuestro ordenamiento jurídico. Antes al contrario se intentaban derogar lo antes posible con la plena convicción de que además de preconstitucionales eran anticonstitucionales. ¿Qué hace pensar que una Ley contra natura que pretende amnistiar los crímenes de guerra y contra la humanidad es parte de nuestro ordenamiento jurídico? Por ello que no se quieran abrir las fosas porque entonces la verdad histórica es que aparecen los cuerpos de los delitos mencionados y entonces la pretensión del Supremo quedarían no sólo en evidencia sino que cuestionaría seriamente a la Institución, o cuando menos a los que la componen actualmente (aunque las informaciones que aparecen en diferentes diarios digitales ya ponen bastante sobre aviso de quienes son los que están tomando decisiones tan aberrantes). Deben de explicar que es eso de que la verdad histórica no forma parte "del proceso penal", si lo que estamos hablando es de delitos, y de delitos tan graves como crímenes de guerra y contra la humanidad.

E incluyo al final de esta breve reflexión mía el pronunciamiento, en forma de carta dirigida al Tribunal Supremo, al respecto del premio Nobel de la Paz, Adolfo López Esquivel, recogido en el Diario El Plural:

Señores jueces del Tribunal Supremo de España

Con asombro e indignación recibimos la noticia de la condena al Juez Baltasar Garzón por ese alto tribunal, inhabilitándolo por 11 años de ejercer sus funciones y silenciarlo cuando trató de investigar los crímenes de lesa humanidad cometidos durante la dictadura del franquismo.

La decisión del tribunal fue semejante a un tsunami de impunidad para impedir el derecho del pueblo a la Verdad y la Justicia.

Durante décadas se silenció y ocultó el horror de los crímenes de la dictadura franquista en la guerra civil española; el secuestro, la desaparición y venta de niños, los fusilamientos, torturas y muertes; buscando borrar la memoria del pueblo.

Señores jueces, tengo que decirles que olvidaron que la luz no es para ponerla debajo de la mesa, sino que debe estar por encima de todo para iluminar la vida y memoria del pueblo. Lamentablemente ustedes  resquebrajaron la justicia y dañaron profundamente al pueblo español y a la humanidad. Condenaron al juez  Garzón antes de juzgarlo.

El juez Baltasar Garzón tuvo el coraje de investigar y luchar contra la impunidad; cuando se cerraron las puertas de la justicia, para juzgar a los genocidas de la dictadura militar en la Argentina. No deben olvidar señores jueces, que la justicia no tiene fronteras  cuando se trata de crímenes de lesa humanidad, aún en España y recordar que  no toda ley es justa, las leyes injustas deben ser desobedecidas hasta su total nulidad.

El Ministro de la Corte Suprema de Justicia de Argentina, Raúl Zaffaroni expresa, refiriéndose a la situación del juez Garzón que: “hay dos independencias de los jueces, una externa, que es el  judicial que reciba presiones de facto de poderes como el económico y político; y una interna, que hay que preservar para que el juez no reciba presiones de los propios órganos del Poder Judicial”. Esto último es lo que garantiza la autonomía del juez de interpretar el derecho, de lo contrario todos los jueces se convierten en empleados o amanuenses del órgano supremo” y continúa el ministro: No se puede imponer una dictadura ideológica desde un cuerpo colegiado supremo. Eso es creer que el Poder Judicial es un “ejército”.

Señores del Tribunal Supremo, dignifiquen la justicia, no la maltraten, ni la denigren, revean la sentencia dictada contra el  juez Garzón y será Justicia.

Les reitero mi saludo y esperamos que actúen con equidad.

Adolfo Pérez Esquivel

 

Medio millón de familiares de represaliados piden la nacionalidad española

503.439 hijos o nietos de víctimas de la Guerra Civil o la dictadura se han acogido a la Ley de la Memoria Histórica

PÚBLICO.ES Madrid 30/03/2012

La ley de Memoria Histórica comienza a dar sus frutos para los hijos y nietos de los represaliados durante la Guerra Civil española y la dictadura. Entre 2008 y 2011 , más de medio millón de personas (503.439) solicitaron la nacionalidad española acogiéndose a la disposición adicional séptima de la ley de Memoria Histórica de 2007 por la que se  establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la dictadura.

La Ley de Memoria Histórica estableció como beneficiarias a las personas cuyo padre o madre hubiese sido español y a los nietos de quienes perdieron la nacionalidad o tuvieron que renunciar a ella debido al exilio entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955. 

Concretamente, el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación señaló que se han presentado 503.439 solicitudes de opción a la nacionalidad española. De ellas, se han aprobado 241.763 (el 48,02%), aunque, puntualiza, "hay un número importante de solicitudes que se encuentran en fase de estudio o pendientes de presentación de documentación" que no siempre es fácil de conseguir.

Para las solicitudes validadas, se han expedido hasta ahora 164.509 pasaportes, número que el Ministerio explica por que "no todas las personas que han optado a la nacionalidad española han necesitado viajar".

Por zonas geográficas, la inmensa mayoría de las solicitudes, 477.462 (el 94,84%), se presentaron en Iberoamérica . Por lo que respecta al supuesto previsto al que se acogieron, también una inmensa mayoría, 464.858 (el 92.34%), correspondieron a los hijos de padre o madre originariamente español.

Público

El Caudillo se queda en Guadiana

Los habitantes de una localidad de Badajoz deciden mantener su nombre por 495 votos frente a los 310 que pedían desterrar la referencia franquista

PÚBLICO.ES / AGENCIAS Badajoz 11/03/2012 22:16

El presidente del Gobierno extremeño, José Antonio Monago (i), descubriendo la placa conmemorativa de la independencia de la entidad local de Guadiana del Caudillo.

El presidente del Gobierno extremeño, José Antonio Monago (i), descubriendo la placa conmemorativa de la independencia de la entidad local de Guadiana del Caudillo.EFE

Seguir manteniendo un apellido franquista o no. Esa era la cuestión. Por eso, el Ayuntamiento de Guadiana del Caudillo (Badajoz), gobernado por el PP, ha pedido a sus conciudadanos que se pronuncien al respecto en una consulta popular que no ha despertado la mayor de las simpatías por parte de la oposición de PSOE e IU ni por parte de la  Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica de Extremadura (Armhex).

El nombre del pueblo se mantendrá por más del 60% de los votos emitidos

Y el pueblo ha hablado. Y ha preferido mantener el nombre de la población tal y como estaba. 495 vecinos ha votado a favor de mantener la actual nomenclatura de 'Guardiana del Caudillo' – es decir el 60,5% del total de votos emitidos-,  310 a favor de cambiarlo para dejarlo en 'Guadiana' a secas; 6 para otras opciones alternativas; 4 nulos; y 2 en blanco. En total 817 ciudadanos han votado de un total de 2.500 habitantes, es decir que ha habido una participación del 32,6%.

Tras apostillar que "el resultado es lo de menos", el alcalde conservador Antonio Pozo ha realizado una "valoración muy positiva" porque "el pueblo ha hablado y ha decidido en una jornada totalmente sin incidentes y en libertad". "Ha sido lo que el pueblo quería, que es a lo que yo me comprometí, y ahora será ratificado en pleno", ha apostillado el regidor, quien ha recordado que él se ha "mantenido al margen" y no ha "hecho campaña" a favor de ninguna de las opciones.

Vulneración de la Ley de Memoria Histórica

La consulta ha conllevado las críticas de la ARMHEX, ya que a su juicio, la denominación de esta localidad -independizada recientemente del municipio de Badajoz- es totalmente ilegal, porque está en contra de lo que manifiesta la Ley de Memoria Histórica. Sin embargo también lo es la consulta popular que se está celebrando este domingo, ya que no ha seguido los cauces que marca la legislación vigente para este tipo de referendos.

La AEMHEX cree que se deberían haber seguido los cauces legales para convocar la consulta

La Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica de Extremadura (ARMHEX) ha reiterado que este tipo de consultas han de convocarse "con todas las garantías legales". De igual modo, solicita a todos los grupos políticos y sociales "sensibles" de la localidad y a los vecinos a que "no" participen en ese "remedo de consulta".

La asociación argumenta que el procedimiento para la convocatoria de este tipo de "referéndum" debería haber contemplado "al menos", y una vez iniciado el procedimiento, "la adopción de las medidas procedentes en orden a la comprobación de los requisitos de la iniciativa, cuya certificación corresponde al Secretario de la Corporación".

También debería haber sido sometida, a su juicio, al pleno municipal la iniciativa de la solicitud cumplimentada; así como posteriormente haber sometido la misma a información pública, "por un plazo", mediante publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Diario Oficial de Extremadura, "para que cualquier persona física o jurídica pueda efectuar las alegaciones que considere procedentes", y simultáneamente haberlo comunicado a la Delegación del Gobierno, para que, también pueda formular alegaciones.

Añade que debería corresponder al Pleno del Ayuntamiento "ponderar" las alegaciones presentadas y, si procede, acordar por "mayoría absoluta" del número legal de miembros de la corporación la celebración de la consulta popular.

Según ARMHEX, el acuerdo habría de contener los términos "exactos" de la consulta, que ha de consistir "en una pregunta, redactada de forma inequívoca, a fin de que el cuerpo electoral se pueda pronunciar en sentido afirmativo o negativo". Por último, acordada la celebración de una consulta popular, el municipio debería haber solicitado –según la asociación– la preceptiva autorización al Gobierno de la nación, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y recuerda que en el presente caso "no consta esta autorización".

Un pueblo dividido

El alcalde de la localidad, el conservador Antonio Pozo, asegura haberse quedado "perplejo" al conocer que el PSOE había pedido al pueblo que no participara en la consulta. "Una cosa es que el PSOE esté siempre en contra de cualquier decisión del Ayuntamiento hagamos lo que hagamos, pero otra bien distinta es pedir al pueblo que no participe en esta consulta", ha lamentado.

Pozo ha reconocido que el ambiente en el municipio está "muy enrarecido" desde que se produjera la segregación oficial de Badajoz, materializada el pasado 25 de febrero.

La que fue entidad local menor Guadiana del Caudillo se convirtió en municipio independiente tras la autorización adoptada el pasado 17 de febrero por el Gobierno regional de Extremadura. Cabe recordar que el anterior ejecutivo regional, presidido por el socialista Guillermo Fernández Vara, no autorizó la segregación alegando que la mención 'El Caudillo' en un municipio independiente vulneraba la Ley de Memoria Histórica.

Los vecinos han constatado durante la jornada de votación la división existente en la localidad.

Los ciudadanos tenían tres opciones: el nombre actual, Guadiana a secas y un tercero de su cosecha

Según Jesús Moreno, esta polémica ha sido creada "por los políticos" y, por ello, le es "indiferente" el resultado. Para Francisco González hay "cosas más importantes" que esta consulta popular, "por ejemplo, el paro".

Por su parte, Juan Domínguez, que ha votado a favor de que siga el nombre actual, lo más importante es el "triunfo de la democracia", aunque esta consulta no es vinculante y solo servirá para que el Ayuntamiento conozca el sentir del pueblo.

"Yo creo que va a ganar el nombre de Guadiana del Caudillo", ha dicho Domínguez, una opinión que han confirmado otros vecinos que han preferido no dar su identidad, pero que insisten en que "siempre se ha llamado así y así debe seguir".

Público

Suprimida la Oficina de Víctimas de la Guerra Civil y la Dictadura

Suprimida la Oficina de Víctimas de la Guerra Civil y la Dictadura

El gobierno traspasa sus funciones a la División de Derechos de Gracia y otros Derechos

PÚBLICO.ES MADRID 02/03/2012 18:31 Actualizado: 02/03/2012 19:07

Trabajos de exhumación en una fosa común situada en la localidad burgalesa de Milagros, en el verano de 2009 - REYES SEDANO

Trabajos de exhumación en una fosa común situada en la localidad burgalesa de Milagros, en el verano de 2009 – REYES SEDANO

El Gobierno ha aprobado en Consejo de Ministros la supresión de la Oficina de Víctimas de la Guerra Civil y la Dictadura.

Las funciones que venía desempeñando esta oficina pasarán a partir de ahora a depender de la División de Derechos de Gracia y otros Derechos, que depende de la Subsecretaría y se encarga de conceder indultos y títulos nobiliarios.

La oficina se encargaba de facilitar información a asociaciones, administraciones públicas, organismos o particulares sobre materias referidas a la Ley de Memoria Histórica, aprobada en diciembre de 2007, que vino a reconocer y ampliar derechos, así como establecer medidas a favor de "quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura". La Ley otorgó a las administraciones un papel colaborador en la búsqueda de los cientos de miles de fusilados bajo las cunetas y los bordes de las tapias de los cementerios.

Una de las medidas de más calado de la oficina fue la elaboración de un mapa de fosas,  en el que se indicaba dónde se localizan los restos de las víctimas de la guerra civil y la dictadura franquista. También incluía un protocolo de actuación científica para la realización de las exhumaciones. El mapa de fosas se puede consultar en internet, en una página web dedicada a la Ley de Memoria Histórica.

Público